Es el matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades municipales) y no ante las autoridades religiosas, ni siguiendo el rito de una religión (matrimonio religioso). Para poder realizar este trámite debe seguir los siguientes pasos.
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
Los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
L. 800
Pago se Realiza en Tesorería.
Horario de Atención:
De Lunes-Viernes de 8:00 Am a 12:00Pm y de 1:00Pm a 4:00Pm
Los Sabados de 8:00Am a 12:00Pm
8 días hábiles.
Observación.
Si las personas que han contraído matrimonio y no presentan documentos que habían quedado pendientes, se les anulara el acta de matrimonio.
El trámite se ha enviado correctamente.